Restricción del crecimiento fetal: ciencias clínicas
Restricción del crecimiento fetal: ciencias clínicas
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Procedimientos obstétricos
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Transcripción
El retraso del crecimiento fetal, o RCF, también conocido como retraso del crecimiento intrauterino o RCIU, se define como un peso fetal o un perímetro abdominal inferiores al percentil 10 para la edad gestacional, según las mediciones ecográficas. Por el contrario, pequeño para la edad gestacional, o PEG, se refiere a un recién nacido a término con un peso al nacer inferior al percentil 10 para la edad gestacional. El RCF puede deberse a diversas afecciones maternas, placentarias y fetales. Requiere una mayor vigilancia prenatal, posiblemente un parto prematuro, y contribuye a unos resultados perinatales deficientes y a repercusiones negativas para la salud del niño a largo plazo.
Cuando una paciente presenta un motivo de consulta que sugiere una restricción del crecimiento fetal, el primer paso es realizar una historia clínica y una exploración física dirigidas. Los hallazgos clave en la historia clínica incluyen un parto anterior de un bebé PEG, gestación múltiple en el embarazo actual y aumento de peso materno inadecuado con o sin síndrome de malabsorción materna. Otros factores de riesgo son una infección intrauterina como el citomegalovirus, la toxoplasmosis, la rubéola o la varicela zoster; trastornos crónicos maternos con un componente vascular como hipertensión crónica, diabetes de larga duración mal controlada o enfermedad renal crónica; o antecedentes de síndrome antifosfolípidos, también conocido como SAF.
Información clínica: Las trombofilias adquiridas, como el SAF, pueden contribuir al RCF, pero las heredadas no.
Por último, asegúrese de preguntar sobre cualquier consumo de sustancias durante el embarazo, como el tabaco o el alcohol, así como sobre la exposición a teratógenos, incluidos medicamentos como el ácido valproico, la ciclofosfamida y la warfarina.
En la exploración física, observe el peso de su paciente y asegúrese de que aumenta adecuadamente de peso. A partir de la semana 24, mida la altura del fondo uterino y observe si es adecuada para la edad gestacional, midiendo desde la parte superior de la sínfisis púbica hasta el fondo del útero utilizando una cinta métrica flexible.
La medición debe aproximarse a la edad gestacional en semanas, más o menos 3 centímetros. Aunque la altura del fondo uterino es una herramienta útil para el cribado del RCF, hay que tener en cuenta que obtener una medida precisa puede ser difícil en presencia de adiposidad o grandes fibromas uterinos.
Si hay una discrepancia de más de 3 centímetros entre la altura prevista del fondo uterino y las semanas de edad gestacional, se suele hablar de "talla inferior a las fechas" y puede indicar que el feto tiene un crecimiento restringido. En este caso, el siguiente paso es realizar una ecografía de crecimiento para evaluar el peso fetal estimado, o PFE, y el volumen de líquido amniótico.
Información clínica: Para los embarazos con factores de riesgo identificables de RCF, se recomienda sistemáticamente una ecografía de crecimiento a partir de las 28 semanas, independientemente de la medición de la altura uterina.
A continuación, compruebe los criterios utilizados para fechar el embarazo a fin de asegurarse de que la fecha estimada de parto, o FEP, utilizada para el cálculo del PFE es la adecuada. El método más fiable para determinar la FEP es la longitud cráneo-rabadilla ecográfica del primer trimestre. Alternativamente, se considera que un embarazo está subóptimamente fechado si no se realiza una ecografía, que confirme o revise la FEP, antes de las 22 semanas de gestación.
Una vez confirmada la fecha, revise los resultados de la ecografía de crecimiento. El PFE se determina midiendo cuatro parámetros principales: el diámetro biparietal, la circunferencia de la cabeza, la circunferencia abdominal, o CA, y la longitud del fémur.
Si el PFE o la CA es inferior al percentil 10 para la edad gestacional, se puede diagnosticar RCF.
Una vez confirmado, realice una ecografía obstétrica detallada que incluya la anatomía fetal, si no se ha realizado previamente, y busque cualquier anomalía fetal. Asimismo, evalúe y documente la edad gestacional a la que se diagnostica el RCF.
Ahora bien, si a su paciente se le diagnostica RCF antes de las 32 semanas de gestación, suele denominarse RCF de inicio precoz.
El RCF de aparición precoz suele atribuirse a causas fetales que incluyen causas genéticas, estructurales o infecciosas. Por ello, todas las pacientes con RCF de aparición precoz deben ser remitidas para consejo genético y se les deben ofrecer pruebas de diagnóstico fetal, incluido el análisis de microsondas cromosómicas, o AMC.
Se realiza mediante una biopsia de vellosidades coriónicas o una amniocentesis, siendo la amniocentesis la prueba de elección a partir de las 15 semanas de gestación. Además, asegúrese de revisar los hallazgos de la ecografía detallada para identificar cualquier causa estructural de RCF, como cardiopatía congénita, hernia diafragmática, defectos de la pared abdominal o defectos del tubo neural.
Fuentes
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